lunes, 21 de diciembre de 2015

Relevancia de las bases institucionales de organización y funcionamiento

AOA. Estructura subterránea. 2015.

Hermosillo Sonora, Diciembre 21 de 2015.
 
En la teoría neoinstitucional de la organización se reconoce que las instituciones brindan una definición estipulativa de las entidades o instituciones políticas en los siguientes términos: son conjuntos de reglas y rutinas interconectadas que definen las acciones correctas en términos de relaciones entre roles y situaciones.
 
Este proceso implica determinar cuál es la situación, qué papel se está desempeñando y cuál es la función de ese rol en determinada situación.
 
En esta perspectiva, las instituciones proponen un repertorio de procedimientos, y para elegir entre ellos se valen de reglas. Es importante señalar que las instituciones se definen por su durabilidad y su capacidad para influir sobre la conducta de los individuos durante generaciones.
 
Las instituciones poseen una legitimidad casi inherente, que compromete a sus miembros a comportarse de determinadas maneras; en el caso de las instituciones públicas éstas se proponen orientar la conducta de los miembros del Estado hacia la consecución del interés público.
 
Para que opere el sentido correcto de la institución, es importante su conocimiento, aprendizaje e introyección por parte de los miembros de la organización.
 
La institución define un conjunto de expectativas de comportamiento para los individuos, y luego refuerza el comportamiento adecuado para el rol que desempeñan y sanciona el inadecuado. Se procesa con ello un tipo de cultura organizacional que en términos del quehacer gubernamental fortalece al Estado de Derecho y al desarrollo de un gobierno eficiente y honesto.
 
Desde una perspectiva político-administrativa, pueden ordenarse y clasificarse conforme a la jerarquía en que se ubican dentro del marco institucional general y en términos de los propósitos a los que se orientan por el contenido normativo al que hacen referencia.
 
 
Se conocen así elementos institucionales relativos a la base legal de la cual se desprenden las atribuciones, derechos y obligaciones de los organismos y actores del Estado y la administración pública, siendo el fundamental entre ellos la carta magna del país.
 
También se estipulan bases relativas a la planeación y programación de la actividad gubernamental, a la coordinación intergubernamental e intragubernamental, y aquellas que establecen pautas para la organización, los procedimientos y el funcionamiento de las dependencias y entidades públicas y de los servidores públicos adscritos a ellas.
 
En este punto la atención se centra en las bases de administración y organización de las dependencias y entidades del gobierno municipal, por considerarlas instrumentos relevantes para la organización y operación de las oficinas municipales, a la vez que permiten comprender las condiciones que sirven de marco de referencia para la gestión o manejo público 
 
La utilidad de estos instrumentos se estima en términos de las pautas de orden estructural y funcional que brindan a los integrantes del gobierno. Atrás de ellos, se pueden comprender los principios de división del trabajo, especialización, coordinación, jerarquía, entre otros. Además, sirven como documentos de apoyo a la inducción al trabajo, la capacitación y la evaluación de los trabajadores. Son, por lo tanto, documentos oficiales, que deben asumirse más allá del compromiso formal de sólo contar con ellos.
 
En la práctica gubernamental, desafortunadamente, al igual que el plan de desarrollo, son reiteradas las ocasiones en que se les ha considerado como mero trámite burocrático, por la exigencia de contar con ellos según lo dispuesto legalmente.  
 
Si se agrega el hecho de que su diseño es un requisito que está sujeto al control y evaluación gubernamental, entonces se le puede llegar a concebir más como un elemento de exigencia que en términos de su utilidad para el trabajo organizado.
 
AOA. Estructura. 2015.

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