jueves, 11 de junio de 2020

La Universidad de Sonora y el estudio de las Artes Plásticas. La Academia de Artes Plásticas

Edificio del Museo y Biblioteca de la Universidad de Sonora. Primera sede de los Talleres de Artes Plásticas. AOA.

Hermosillo Sonora a 11 de junio de 2020.

Fragmento del segundo capítulo del libro Escultura sonorense. Aportaciones de la Licenciatura en Artes Plásticas de la Universidad de Sonora. Colección “La Mirada del Búho” No. 6. Departamento de Desarrollo y Producción Editorial de la Universidad de Sonora. Universidad de Sonora, México, 2020. ISBN de la Colección: 978-607-518-130-1; ISBN: 978-607-518-364-0. Pp. 23-35.

Los compromisos fundamentales de la Universidad

El propósito de este capítulo es reflexionar acerca del proceso de enseñanza-aprendizaje profesional en el campo de las artes plásticas en la Universidad de Sonora. Se considera que el estudio profesional requiere de la sistematización de los productos del proceso investigativo, los cuales sustentan el proceso creativo, y éste, a su vez, es fuente para inspirar nuevas ideas o para comprobarlas mediante la praxis.
            Desde sus orígenes, la Universidad de Sonora ha luchado por hacer efectivos los principios de libertad de cátedra y de investigación, el respeto a todas las expresiones del pensamiento humano y el aliento a la creatividad y el análisis crítico y constructivo.
            En la Ley Orgánica No. 4 de la Universidad de Sonora han sido consignados sus compromisos fundamentales. En su artículo cuarto quedó consignada su naturaleza y esbozadas sus nobles tareas:
«La Universidad de Sonora es una institución autónoma de servicio público, con personalidad jurídica y capacidad para autogobernarse, elaborar sus propios estatutos, reglamentos y demás aspectos normativos, así como para adquirir y administrar sus bienes y recursos. Es una institución de educación superior y ejercerá la libertad de enseñanza, investigación y difusión de la cultura; aplicará sus recursos con sujeción a la normatividad relativa y, en general, cumplirá con las atribuciones que esta ley, el estatuto general y los demás reglamentos le confieran.»

Por su parte, en el artículo quinto se precisan como objetivos universitarios la «…preservación, creación y difusión de la cultura científica, tecnológica y humanística en beneficio de la sociedad.» En ese sentido, se propone en este precepto:
§ La formación y capacitación de profesionales, científicos y técnicos,
§ La formación integral del individuo, fomentando la conciencia de solidaridad y justicia,
§ Impulsar y desarrollar la investigación humanística, científica y tecnológica,
§ Dar cumplimiento a sus funciones sustantivas en congruencia con el desarrollo científico y tecnológico,
§ Fomentar los valores de la cultura nacional, así como el estudio de los derechos y deberes fundamentales del hombre, para fortalecer la independencia, la soberanía y el desarrollo del país y la entidad,
§ Crear, difundir y fomentar las manifestaciones artísticas y culturales,
§ Impulsar actividades extracurriculares que permitan los beneficios de la cultura y el saber a los que carecen de oportunidad para obtenerlos, y
§ Contribuir a la planeación y desarrollo interinstitucional de la educación media y superior.

De esta manera, las actividades sustantivas de la Universidad, expresadas en sus programas académicos, como sus actividades adjetivas o logísticas, deben orientarse bajo estos objetivos y disposiciones. Docencia, investigación y divulgación se constituyen en los componentes básicos del sistema de enseñanza-aprendizaje de la Universidad, su integración e interacción hacen posible el cumplimiento de sus tareas fundamentales.
Todo ello en los términos previstos por el marco institucional que rige en el país y en el estado; teniendo en cuenta el contexto local, regional, nacional e internacional en el que se adscribe la Universidad; y considerando la satisfacción de las necesidades del desarrollo y bienestar del estado de Sonora y del país.


Profesor Ciro Sotelo Cruz. Escultor y Ceramista. 
Trabajando en los talleres ubicados en el Edificio del Museo y Biblioteca de la Universidad de Sonora.


El Proceso Enseñanza-Aprendizaje

El aprendizaje profesional puede ser alcanzado en el ámbito académico o bien de manera autodidacta. En este trabajo se pone atención al que se desarrolla en aulas y talleres de educación formal, asumiéndose que en ellos dicho proceso ocurre «…metódicamente y de manera completa, breve y eficaz.» (Acha, 2011: 61). En esta perspectiva, entonces, se concibe que el aprendizaje profesional se liga a tres funciones básicas: la docencia, investigación y divulgación del conocimiento y la cultura.
            Se considera que el aprendizaje profesional es un proceso de transformación de quienes participan en él. Se asume que el estudiante es el focus del ejercicio educativo, se pretende que haga suyos conocimientos, habilidades y actitudes como resultado del proceso enseñanza-aprendizaje; por su parte, el profesor organiza y pone en práctica una serie de estrategias de enseñanza-aprendizaje mediante las cuales presenta a sus estudiantes los contenidos de la disciplina con la que ambos están comprometidos; a su vez, el centro educativo propicia las condiciones que permiten que ocurra dicho proceso, desde la definición del modelo educativo y los planes y programas de estudio como las condiciones materiales que permiten la concreción de dicha tarea.
            Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje (E-A) el estudiante madura en el conocimiento acerca de los sistemas teóricos, desarrolla aptitudes en el manejo de estrategias, métodos, técnicas y herramientas con las cuales aprehende y puede incidir en sus objetos de estudio, y al mismo tiempo asume un marco axiológico que modula su comportamiento como profesional de su disciplina.
            En el caso del profesor, investiga para fundamentar, estructurar y darle vida al programa del curso a su cargo; durante el proceso (E-A) le toca, además, observar, evaluar y auto-evaluarse en cuanto al desarrollo y resultados de dicho proceso; él mismo manifiesta cambios en tanto que madura su dominio de los contenidos del curso, así como perfecciona la manera en que interactúa con el estudiante para lograr los fines educativos.
            Al centro educativo le toca, desde una perspectiva institucional, planear, organizar, dirigir y controlar y evaluar; así moviliza los recursos de diversa índole que propician el proceso, detecta insuficiencias, fallas, omisiones, etc. y corrige lo necesario para lograr sus fines como organización educativa y ante la sociedad. El instrumento por antonomasia que brinda la institución educativa al proceso (E-A) es el Plan de Estudios de la carrera que oferta. Para concretarlo y presentarlo a los estudiantes contrata la planta académica profesional del campo de conocimiento y dispone de los medios materiales para apoyar la labor educativa.
            La educación profesional en el campo de la artes, consigna el profesor Juan Acha (2004: 24-34), tiene como propósito la educación de la sensorialidad, la sensibilidad, la mentalidad y la creatividad de los estudiantes, lo cual implica, respectivamente: el manejo de las técnicas, instrumentos y procedimientos de su especialidad; el análisis, comprensión y aplicación de las categorías estéticas en su trabajo de creación artística; el estudio, investigación, producción y aplicación de conocimiento teórico, tanto artístico como histórico, sociológico, psicológico y de otros campos con los que se interactúe; así como la experimentación creativa en la que se recreen todos los otros elementos para propiciar una formación integral del estudiante.
            El proceso de (E-A) profesional constituye un fenómeno dialéctico en el que, dentro de un ambiente de libertad y disciplina, se produce una relación permanente entre teoría y práctica, y en el que el estudiante de manera sistemática va conformando su formación profesional en la disciplina mediante la asunción de conocimientos, habilidades y pautas de comportamiento, pero también por conducto de la creación y recreación de los mismos.
            El aprendizaje profesional en el campo de las artes plásticas, al igual que en otros campos de conocimiento, requiere de la investigación: la sistematización de los productos del proceso investigativo da sustento al proceso creativo y a la conformación de conocimiento válido para las diferentes disciplinas; también, es fuente que inspira nuevas ideas o que proporciona los argumentos para comprobarlas mediante la praxis.
            En un sentido profundo, se asume que «El hombre se crea a sí mismo como creador» (Castoriadis, 2006: 30): fortalece su ser interno como su presencia social. A la investigación se le considera como elemento fundamental en la creación de conocimiento, pues, conforme «…progresa, la investigación corrige o hasta rechaza porciones del acervo del conocimiento…» (Bunge, 1969: 19). Por su parte, el proceso creativo se asume como origen y destino de la investigación.
            La investigación «…es un proceso de creación de conocimientos sobre la estructura, el funcionamiento o el cambio de una zona de la realidad.» (Briones: 1998: 17) En el aprendizaje profesional este proceso es básico, pues mediante el método sistematiza la estrategia que permitirá encontrar las respuestas a las interrogantes del investigador, solucionar los problemas reales y de estudio, aceptar o solucionar determinados preceptos teóricos o hechos concretos, en fin, genera nuevo conocimiento.
            Asumidas como funciones sustantivas de las instituciones de educación superior, la docencia, la investigación y la difusión del conocimiento y la cultura conforman una relación dinámica, compleja y de retroalimentación mutua. Una educación integral, de acuerdo con el profesor Acha (2004: 33), se concibe como un proceso complejo caracterizado por la pluralidad y la diversidad, y lejano de la unidimensionalidad y la simplicidad.
            En este sentido, Elliot W. Eisner (2004: 62-65) resalta la importancia de que el estudio de las Artes se sume al estudio de otras experiencias curriculares.
            Eisner propone que el estudio de las Artes integradas se organice en cuatro estructuras curriculares: A) para la comprensión de un periodo histórico y cultural concreto; B) para ayudar a los estudiantes a identificar similitudes y diferencias entre las distintas artes; C) para explorar un tema o idea fundamental a partir de las obras de arte y los trabajos de otros campos; y D) para la solución de problemas mediante varias disciplinas, entre ellas las Artes. 

El descanso. Obra del artista plástico Enrique Rodríguez Zazueta. 
Atrio del Edificio del Museo y Biblioteca de la Universidad de Sonora. AOA.

            El autor destaca que lo importante es que en cualquier campo de conocimiento es fundamental comprender el contexto económico y político de la disciplina; en el mismo sentido es importante comprender cómo otros campos de estudio, como las Artes, pueden ser útiles en la comprensión y cognición de estas disciplinas.
            La creación artística requiere de un largo proceso de formación profesional, según lo apunta el profesor Acha (2011: 145-150); en este proceso se fomentan y desarrollan diversos componentes de la creación artística, como la concepción, la ejecución, la experimentación, la búsqueda de soluciones, la comprobación, la innovación, entre otros. En todos ellos el estudiante involucra el conocimiento y la experiencia, la memoria y la fantasía, así como el conocimiento lógico, crítico y dialéctico.
            En este proceso discurren artisticidad-cientificidad como una totalidad dialéctica en donde, la cientificidad refiere al grado de confianza o seguridad con el que se aceptan los resultados obtenidos por un investigador basado en los procedimientos utilizados para efectuar su estudio, cuyos criterios son de orden epistemológico como la objetividad, la validez, la fiabilidad o confiabilidad, y de orden social como los principios éticos y profesionales vinculados al quehacer científico.
            Por su parte, la artisticidad nos habla del camino que el artista recorre para llegar, por intermediación de la obra, al observador y suscitar su interpretación; es la materialización en la obra de aquellos aspectos que permiten que sea considerada como arte.
            En estos términos, se asume lo propuesto por Galvano Della Volpe, quien considera que lo «…específicamente artístico no se comprende en términos de expresión intuitiva del sujeto, tampoco en términos de recepción intuitiva por parte de los lectores y espectadores, el gusto no es una aceptación irracional sino una selección cualitativa, plenamente racional, de las obras, que en ese juicio -el de gusto- son comprendidas e interpretadas.» (Bozal, 1999: 182)


La Academia de Artes Plásticas y los primeros proyectos académicos

El programa académico de la Licenciatura en Artes Plásticas fue institucionalizado con su aprobación por parte del Colegio Académico en el año 1998. Con esta decisión se cumplió un anhelo del pueblo sonorense que surgió a la distancia de más de cinco décadas atrás con la misma fundación de la Universidad de Sonora.
            Originalmente, de manera elemental, la actividad artística, en los campos de la música y las artes pláticas, fue impulsada en el ámbito universitario (García, 1992: 24). Durante la primera década de vida universitaria, se promovieron diversos proyectos para dar impulso a la educación artística, pero no fueron concretados debido a las limitaciones presupuestales de la Universidad en esos años, o bien porque otras prioridades encabezaban la agenda de desarrollo de la institución.
            En esta primera etapa de la Universidad, sobresalen los esfuerzos de los profesores Francisco Castillo Blanco (1912-1973) e Higinio Blat (1893-1974) en el fomento de las artes plásticas en el campus universitario. En el año de 1948 el maestro Castillo Blanco propuso la creación de la Escuela Libre de Artes Plásticas, proyecto que sirvió de base para la aprobación, tres años más tarde, de la Academia Libre de Dibujo y Pintura propuesta por el pintor Higinio Blat (Moncada, 2005: 162).
            Según lo consigna el profesor Luis Enrique García (1992: 33), fue el 2 de enero de 1951 cuando abrió sus puertas la Academia, constituyéndose en la institución responsable de desarrollar y difundir el dibujo y la pintura, y años más adelante la escultura, el grabado y la cerámica. El proyecto de la Academia (García, 1992: 34), de manera incipiente se estableció un mecanismo para el ingreso y promoción de los estudiantes, el cual estaría en función de los conocimientos y aptitudes calificados técnicamente por el Director de la Academia. El Plan de estudios que se propuso se estructuró con los siguientes cursos:




En 1954 se aprueba como actividad de la Academia la de Escultura y Modelado a cargo del profesor empalmense José Balderrama Luque (1923-1992). Principia, entonces, la enseñanza formal de estos estudios, si bien ya desde fines de la década de los cuarenta el maestro Castillo Blanco había impartido las primeras enseñanzas de esta especialidad artística.
            En octubre de 1961, el profesor Héctor Martínez Arteche (1934-2011) asumió la dirección de la Academia; con él surge un nuevo proyecto para formalizar el estudio de las Artes Plásticas, en el que se reconoce que aún dista la profesionalización de las artes en la región, sin embargo, también se tiene conciencia de su importancia en el desarrollo cultural de Sonora. Con la creación de la Dirección de Bellas Artes, en 1962, también se reconoce la Academia de Artes Plásticas. Paulatinamente, a lo largo de dos décadas, se irá estructurando un currículo para los diversos talleres, brindando la oportunidad de cultivar una formación integral con duración de tres años en cada uno de ellos.
            Desde un principio el profesor Martínez Arteche se preocupó por la profesionalización de los estudios de la Academia. El profesor Luis Enrique García (1992: 39-40) nos recuerda que Martínez Arteche se preocupó por elaborar reglamentos y programas de estudio, definiendo como finalidades de la Academia:
a.  Prestar ayuda moral y material a los alumnos.
b. Gestionar becas a los que carezcan de recursos y que demuestren una capacidad sobresaliente.
c.  Contribuir a la orientación de las Artes Plásticas en el Estado, para el desarrollo y afirmación de la Escuela Plástica Nacional.
d. Preparar conferencias de tipo escolar y organizar cursos intensivos de especialización artística a cargo de distinguidos maestros huéspedes.
e. Presentar exposiciones periódicamente para estímulo de los estudiantes. Preparar el “Salón Anual de la Academia”:
f.  Gestionar la ejecución de decoraciones murales y escultóricas para encauzar una mejor preparación del alumno y el embellecimiento de la ciudad.
g. Crear un periódico mural, “Ilustración”, a cargo del Departamento de Grabado.

Durante la gestión del profesor Martínez Arteche se da un importante impulso a las exposiciones locales y foráneas. Se instituye como un evento fijo de fin de cursos El Salón de Pintura, Escultura, Grabado y Artesanías. De manera semestral, este evento se hará una tradición entre profesores y estudiantes; su convocatoria se hará con diversos nombres.
            Tras reiterados esfuerzos de los profesores Martínez Arteche y Balderrama Luque por aprobar oficialmente los planes de estudio de Pintura, Escultura, Dibujo, Grabado y Escenografía, en el periodo 1964-1965 se define la estructura organizativa de la Academia, la cual quedó constituida por:
§  El director de la Academia, con funciones de docente y como responsable del Salón de Exposiciones
§  Un maestro de escultura y modelado
§  Un maestro de dibujo constructivo
§  Un maestro de técnica escenográfica
§  Un auxiliar de la Academia, con funciones secretariales
§  Un ayudante del Salón de Exposiciones
§  Un modelo para dibujo de figura humana (García, 1992: 43-44)

El año 1962 resulta significativo para la vida institucional de las Academias de Artes, pues se crea la Dirección de Bellas Artes y se reconoce la labor docente de las Academias. Se desligan de la Dirección de Extensión Universitaria, sin embargo, poco es el avance en la profesionalización de los estudios en este ámbito.
            En ese tiempo Mario Moreno Zazueta, auxiliar del Taller de Dibujo y en la Sala de Exposiciones obtuvo una beca para realizar estudios en el Colegio de San Mateo, California, lugar donde conoce al destacado artista plástico Vincent P. Rascón (1923-2012), quien en lo sucesivo mantendrá una estrecha relación con las Academias de la Universidad, contribuyendo en calidad de docente en las áreas de grabado y cerámica, y mediante donaciones de material y equipo para los talleres. Posteriormente, una vez oficializada la Licenciatura en Artes, el profesor Rascón continuó su relación con los profesores y estudiantes universitarios hasta su deceso en 2012.
            El profesor Enrique Rodríguez Zazueta, originario de Empalme, será quien cubra la vacante dejada por el profesor Mario Moreno. El profesor Rodríguez asumirá labores docentes como de encargado del Salón de Exposiciones. En mayo de 1969 se suma a la planta docente el profesor Manuel Romo Rodríguez (1920-1992), el cual se hará cargo de los cursos de dibujo, grabado y paisaje. En diciembre de ese mismo año, se incorpora el profesor Ciro Sotelo Cruz (1936-2003), quien se hará cargo de los cursos de Escultura, Historia del Arte de la Arquitectura y la Escultura. Simultáneamente, el profesor Rodríguez se dedicará de manera exclusiva a labores docentes.
            Para 1970, apunta Luis Enrique García (1992: 46), el programa académico de la Academia quedará integrado por la siguiente planta docentes:



Sin contar con su formalización como instancia académica de la Universidad, pero con el interés de responder a las disposiciones universitarias, el Consejo Técnico de la Academia de Artes Plásticas propone un nuevo plan de estudios (Cuadro 3), el cual encontró inspiración en el Plan de Estudios de la Escuela Nacional de Artes Plásticas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
            Estos estudios se consideraron de nivel medio, pudiendo los estudiantes inscritos aspirar a una constancia como Pintor, Escultor o Grabador a quien cubriera satisfactoriamente seis semestres de estos estudios. Por otro lado, se estableció que se consideraría Fotograbador, Ceramista, Burilista, Diseñador, Cantero o Fundidor a quien cubriera los cursos de estas especialidades en cuatro semestres.
            En este mismo tiempo se ajustó el Reglamento del Salón de Exposiciones de la Academia de Artes Plásticas, estableciendo como permanentes las exposiciones de: «…el Salón de la Academia de Artes Plásticas, el Salón de Primavera, el Salón Anual de Fotografía y el Salón de Octubre.» (García, 1992: 51)

Durante el periodo de 1974-1978, se hace cargo de la dirección de la Academia el pintor Francisco Romero Meneses, quien continuó la labor de divulgación de la producción artística de los talleres, sumando esfuerzos y gestiones ante las instancias administrativas de la Universidad para mejorar las condiciones laborales del cuerpo docente.
            A partir de enero de 1979 asume la dirección de la Academia el profesor Manuel Romo Rodríguez. Durante su gestión, y ante el repunte de la inscripción en los diferentes talleres, se logró la aprobación presupuestal para incrementar horas frente a grupo y contratar nuevos profesores. En octubre de ese año se incorporan Alfredo Velarde González como profesor del Taller de Escultura, Gustavo Ozuna González profesor del Taller de Pintura, Adán Romero Valencia y Jorge Luis Llánez como responsables de Taller de Grabado y Serigrafía, María Eugenia Soto Cota como Coordinadora del Salón de Exposiciones y Jorge Origel Sández como ayudante en esas labores.
            Al año siguiente, en octubre de 1980, el relevo en la dirección de la Academia lo asumirá el escultor y ceramista Ciro Sotelo Cruz. Caracterizada esta etapa por una dinámica vida académica, se crean el Taller de Fotografía a cargo del profesor Carlos González, el Taller de Plástica Infantil bajo la coordinación de las profesoras Rosa Angélica Santana Corrales y Ruth Mayela Real Martínez.
            En enero de 1981, el rector Alfonso Castellanos Idiáquez otorgó la distinción como Maestro Honorario de la Academia al profesor Vincent P. Rascón, reconociéndose su vinculación y compromiso con los talleres de Artes Plásticas desde inicios de los sesenta.
            La labor de divulgación será un rasgo peculiar de la gestión del profesor Sotelo Cruz, llevándose a cabo exposiciones colectivas como particulares de los talleres que componen la Academia, así como exposiciones individuales de profesores, estudiantes y artistas invitados.
            La formación académica durante el periodo 1980-1983 se llevará a cabo siguiendo el Plan de estudios elaborado por los profesores de la Academia. Su oficialización tampoco se concreta en este tiempo, pero será la base para la formulación de un programa de estudios que se presentará ante las autoridades universitarias en abril de 1984.
            Cierto es que de las funciones universitarias en la Academia sólo se atienden la docencia y la difusión, pero de manera incipiente los profesores hacían esfuerzos por inducir a sus alumnos en la experimentación y el registro de los procesos de su práctica y los hallazgos de sus búsquedas. A manera de ejemplos se tienen los estudios escultóricos basados en formas cóncavas y convexas realizados por el profesor Enrique Rodríguez, o bien la interdisciplinariedad fomentada por el profesor Ciro Sotelo para incorporar temáticas de otras disciplinas en la creación de obras cerámicas.

 
Con entusiasmo y expectativa de que los estudios en Artes Plásticas puedan tener el reconocimiento oficial de la institución, en 1984 se hacen gestiones para formalizar el Plan de estudios de esta especialidad. El estudio incorporaba el análisis de la planta docente y la infraestructura necesarias para llevar a cabo la profesionalización del programa; se argumentó en el sentido de contar con un consolidado cuerpo de profesores en las diversas áreas de las artes plásticas, y que, con las adecuaciones necesarias, se podrían utilizar los espacios de los talleres de la Academia como sede de los cursos de las nuevas carreras.
            El proyecto incluía la formación de tres carreras de nivel de educación media superior: Maestro de Artes Plásticas, Maestro de Historia del Arte y Maestro de Plástica Infantil. Se buscaba con ello incidir en el desarrollo cultural y artístico de la entidad y el país, aportando en la formación de personal sólidamente preparado para asumir labores de docencia en las áreas de especialidad propuestas.
            La propuesta incluye una visión integral de la formación académica en asuntos de orden teórico como prácticos y buscando desarrollar con creatividad y visión crítica capacidades para la docencia, la investigación y la divulgación del conocimiento y el arte.



En 1986 abre sus puertas la Galería de Ciencias y Artes a cargo de la Secretaría General de la Universidad. El Salón de Exposiciones de la Academia cerró durante el periodo de 1984 a 1988, como resultado de un conflicto con la Coordinadora del Salón. El inmueble reabrirá en junio de 1988 con la autorización del rector Manuel Balcázar Meza. Con el impulso de profesores y estudiantes, recuperará su vitalidad a pesar de las deterioradas condiciones con las que se recibió después del receso.

Fauno. Terracota. Escultura de Arturo Ordaz Alvarez.

Referencias bibliográficas:

Acha, Juan (2004). Educación artística: escolar y profesional. Reimp. México: Editorial Trillas.
Acha, Juan (2011). Introducción a la creatividad artística. Reimp. México: Editorial Trillas.
Bozal, Valeriano (ed.) (1999). Historia de las ideas estéticas y de las teorías artísticas contemporáneas. Volumen II. La balsa de la Medusa, 81. Madrid: Visor Dis., S. A.
Briones, Guillermo (1998). Métodos y Técnicas de Investigación para las Ciencias Sociales. México: Editorial Trillas.  
Bunge, Mario (1969). La investigación científica. Su estrategia y su filosofía. Colección Convivium. Barcelona: Editorial Ariel.
Castoriadis, Cornelius (2006). Figuras de lo pensable. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.
Eisner, Elliot W (2004). El arte y la creación de la mente: el papel de las artes visuales en la transformación de la conciencia. Barcelona; México: Editorial Paidós.
García, Luis Enrique (1992). Siete Notas para Bellas Artes. Hermosillo: Talleres Gráficos de la Universidad de Sonora.
Moncada Ochoa, Carlos (2005). Historia General de la Universidad de Sonora, I. El principio del principio 1938-1953. Hermosillo: Talleres Gráficos de la Universidad de Sonora.

Documentos oficiales:
Ley Número 4 Orgánica de la Universidad de Sonora. 26 de noviembre de 1991.
Nuevo Modelo Educativo de la Universidad de Sonora 2002.
Plan de Estudios de la Licenciatura en Artes Plásticas 2008.
Comité Interinstitucional para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES). Informe de Evaluación Diagnóstica. Licenciatura en Artes Plásticas. Universidad de Sonora. 2015.

domingo, 31 de mayo de 2020

José María del Castillo Velasco. El liberalismo y la acción administrativa


Hermosillo Sonora a 31 de mayo de 2020.

Capítulo II La acción administrativa, de la obra Ensayo sobre el Derecho Administrativo Mexicano, de José María del Velasco Castillo. 1874.  México: Taller de Imprenta de la Escuela de Artes y Oficios para Mujeres. Pp. 9-18.


José María del Castillo Velasco nació en Ocotlán Oaxaca en 1820 y murió en la Ciudad de México en 1883. Intelectual del derecho, participó activamente en la vida política del país, ocupando diversos cargos de representación popular y en la administración pública.

Realizó estudios de derecho en el Colegio de San Ildefonso, donde graduó en el año de 1844. Comprometido vehementemente con las ideas liberales, después de la revolución de Ayutla encabezada por Juan Álvarez, del Castillo Velasco participó en el Congreso Constituyente de 1856, representando como diputado al Distrito Federal. 

Durante la intervención francesa, participó activamente como colaborador del periódico liberal Monitor Republicano, en donde coincidió con otros tantos librepensadores de la época, y del que más adelante llegaría a ser su Director. Al mismo tiempo, sirvió al Ejército de la República como coronel. Durante el Sitio de Querétaro estuvo bajo el mando del General Mariano Escobedo.

Del Castillo Velasco formó parte del gabinete del Presidente Juárez como ministro de Gobernación, de 1871 a 1872. Con la integración del Tribunal Superior de Justicia durante el periodo presidencial de Porfirio Díaz (1877-1880), del Castillo Velasco fue designado Presidente de esa institución. De 1879 hasta su muerte en 1883 ocupó el cargo de Director de la Escuela Nacional de Jurisprudencia.

La obra intelectual de José María del Castillo suma dos trabajos relevantes como parte de su labor académica. El mismo autor escribió en el prefacio de su Ensayo: «El deseo de cumplir con mis deberes como profesor en la Escuela especial de Jurisprudencia, que me animó á escribir y publicar mis Apuntamientos sobre el estudio del derecho constitucional, me ha inspirado ánimo para escribir el presente Ensayo sobre el derecho administrativo mexicano, no obstante que conozco y confieso mi insuficiencia para escribirlo con acierto.»

El primer tratado se publicó en 1871 por la Imprenta del Gobierno en Palacio, dirigida por José María Sandoval, contando con una segunda edición revisada y aumentada en 1879, impresa en la Imprenta de Castillo Velasco e hijos. 

El Ensayo se publicó en 1874 el primer volumen y en 1875 el segundo volumen. El primero fue impreso en el Taller de Imprenta de la Escuela de Artes y Oficios para Mujeres, y el segundo en la Imprenta de Castillo Velasco e hijos. Cabe apuntar que la Escuela de Artes y Oficios para Mujeres fue fundada por el mismo del Castillo Velasco en 1871, durante su gestión como Ministro de Gobernación, institución cuyo propósito era mejorar la condición de la mujer preparándola para el trabajo y su desarrollo cultural y educativo, la cual operó hasta 1879.

El Ensayo sobre el derecho administrativo mexicano, tiene como referente la obra del tratadista español Manuel Colmeiro, especialista en derecho administrativo, pero vinculado a la tradición francesa de la Ciencia de la Administración impulsada por Charles-Jean Baptiste Bonnin.

La doctora Alicia Hernández Chávez, en su estudio introductorio a la obra de José María del Castillo, concluye que ésta se inserta en la tradición republicana del buen gobierno, cuyo sustento intelectual se basa en dos referentes: la convicción acerca del «conocimiento de las causas comunes de todas las naciones y por la otra en las particulares de cada una de ellas.» Lo que deriva en la interpretación comparativa del marco normativo del país con el de Estados Unidos, pero distinguiendo las particularidades de cada uno de ellos. Sustentado en las ideas de libertad, justicia y del Estado de derecho, el autor estructurará lo que es el derecho administrativo mexicano, tomando como referencia las enseñanzas de Colmeiro, pero a la luz de la realidad concreta del país y su gobierno.

A continuación, se presenta el segundo capítulo denominado La acción administrativa, de la obra de José María del Velasco Castillo Ensayo sobre el Derecho Administrativo Mexicano.

Gabinete del Presidente Benito Juárez. 1871. José María del Velasco Castillo, Ministro de Gobernación.



CAPITULO II.
LA ACCION ADMINISTRATIVA.


Siendo como es una verdad fundamental que la sociedad existe necesariamente y emanando de esta existencia la necesidad del establecimiento del poder público que declara en la forma legítima la voluntad de los asociados, es indispensable que tal poder tenga la acción necesaria para hacer cumplir y ejecutar esa voluntad, y de conformidad con ella lo que sea conveniente para el bien de las sociedades y de los individuos.

Por esta causa la acción administrativa que está confiada á los funcionarios investidos del poder público, se ejerce para asegurar el bien común y el interes particular, reprimiendo todo agravio contra el uno ó contra el otro, conciliando toda divergencia entre ambos, y dando á este efecto una dirección adecuada al particular.

Se ha dicho ántes y es conveniente repetir que la administración no debe sacrificar ningún interes legítimo ni aun á la mayoría de otros intereses contrarios. La verdad de esta proposicion se comprende con solo reflexionar que habiendo sido creado el hombre para la sociedad y teniendo necesidades ineludibles para su desarrollo intelectual, moral y físico, contrariar cualquier interes individual legítimo, es decir, necesario para el desarrollo referido, seria tanto como impedir ese mismo desarrollo y frustrar la naturaleza y organización del individuo que lo llevan forzosamente á la sociedad con sus semejantes. La falta de autoridad para imponer tal sacrificio que importaría una violacion del derecho individual y con ella una violacion del derecho natural, exige que la acción administrativa prevea para evitarlos todos aquellos casos en que pudiera aparecer alguna contrariedad entre el interes particular y el bien público, y que llegado alguno de esos casos concilie al uno con el otro.

Hay que notar sin embargo, que estas verdades se refieren á intereses individuales legítimos, justos y verdaderos, y al bien público que tenga las mismas cualidades, porque con ellas muy difícil y raro será, si 110 es que imposible, que llegue á haber contrariedad entre ambos, y de ninguna manera debe entenderse que la acción administrativa puede salvar un interés por mas que pudiera convenir á la mayoría, siempre que fuese contrario á otro ya particular ya general que tuviera las calidades de legitimidad, justicia y verdad ántes referidas.

Infiérese de esto que la acción administrativa se ejerce en los hombres y en las cosas que están bajo su dominio; pero no solamente sobre estas, sino aun sobre aquellas que no están bajo el dominio particular como acontece siempre que la acción administrativa tiende á mejorar las condiciones naturales de un lugar en bien de la salubridad pública, en provecho de la agricultura ó del comercio, ó con otros objetos semejantes.

Extendiéndose la acción administrativa por la inmensa esfera que comprende á los hombres y á las cosas, el ejercicio de tal acción ofrece muy graves dificultades. La ciencia administrativa que como ántes se ha dicho se compone de todas las ciencias, adelanta cada dia con el progreso de estas y por tal motivo no ha llegado aún á poseer tal suma de principios universales ó verdades absolutas, que pudieran ser suficientes para dar á los preceptos administrativos la fijeza y estabilidad que tienen los códigos del órden civil. Y de esta manera el ejercicio de la acción administrativa depende en mucho del talento y de la instrucción de los funcionarios encargados de ese ejercicio, y de cierta capacidad especial que se ha llamado don de gobierno, el cual no es por cierto ni vulgar ni comun.

No debe, sin embargo, comprenderse por lo expuesto que la ciencia administrativa se halla actualmente en el estado de un embrión ni ménos que la acción del poder administrativo sea verdaderamente arbitraria. Posee la ciencia en su estado actual principios incontrovertibles, verdaderos axiomas que deben formar y forman de hecho la base de toda buena administracion, porque sirven de punto de partida para llegar á las deducciones que se convertirán á su vez en resoluciones ó decisiones administrativas.

Para el acierto en ellas la organización administrativa debe tener ciertas condiciones que son indispensables.

I. La administración debe estar en perfecta armonía con las instituciones políticas.

Si la autoridad nace de la voluntad del pueblo, si su ejercicio está determinado por los códigos políticos, no puede concebirse de qué manera pudiera ejercerse el poder público legítimamente si hubieran de contrariarse en algo los principios establecidos en dichos códigos. Una legislacion administrativa contraria á las instituciones políticas necesariamente ha de producir ó la arbitrariedad y el despotismo que le son consiguientes, ó el desprecio del pueblo á las leyes que es nada ménos que el gérmen de la disolución social, ó la parálisis de las fuerzas de la sociedad que de una manera inevitable habría de producir su mina.

La política y la administración tienen objetos diferentes; pero estrechamente enlazadas entre sí deben seguir un mismo sendero, sin desviarse de él para no crear ni favorecer intereses contradictorios que llegarían á producir un verdadero caos.

Las dificultades con que la República Mexicana ha tropezado en su desarrollo y el progreso que le es consiguiente han consistido en su mayor parte en la falta de perfecta armonía entre sus instituciones políticas y su legislación administrativa. Son por lo mismo de la mayor importancia todos los –esfuerzos que el poder público y los ciudadanos han hecho y en lo sucesivo hicieren para establecer esa armonía cuya falta produce males incalculables y que es un estorbo para el adelantamiento de la República.

Como por instinto busca la sociedad esa armonía, y el poder público necesariamente tiende á ella porque se comprende que de otra manera su acción seria verdaderamente ineficaz. ¿Cómo es posible que haya armonía entre instituciones democráticas tan liberales como son las de México y una legislación administrativa que en parte todavía proviene de la autoridad absoluta de los monarcas?

II. La administración debe ser independiente, esencialmente activa y responsable.

Así como la facultad de legislar corresponde exclusivamente al poder legislattivo y la de juzgar, exclusivamente al poder judicial, así la facultad de administrar corresponde exclusivamente al poder ejecutivo. Para la formación de las leyes el ejecutivo coadyuva con sus observaciones; pero el poder legislativo no está sujeto á ellas y ejerce sus facultades con absoluta independencia de los otros poderes. Esta independencia, que no débe confundirse con el aislamiento ó absoluta separación de los poderes que darían origen á un antagonismo de muerte, es una de las mas sólidas garantías de la libertad.

Determinada por la constitución la órbita de las facultades del poder ejecutivo y su esfera de acción, es indispensable que dentro de ella pueda girar con libertad si la administración ha de ser activa y responsable.

Si la sociedad confia el ejercicio del poder administrativo á los funcionarios encargados de él, es porque no seria posible que cada ciudadano asegurara por sí solo el bien particular y el bien público. Por este motiva desde el momento en que ambos bienes se confian á la autoridad, esta tiene el deber de no descansar un solo instante en la gestión de dichos bienes. Si la sociedad por sí misma, provee á su bien y desarrollo, la administración debe ayudarla en sus esfuerzos y abstenerse de toda ingerencia cuando estos sean bastantes para su objeto; pero siempre que la sociedad no obre por sí misma, la administración debe hacerlo con eficacia.

Generalmente se tiene como un axioma el principio de que el mejor gobierno es el que gobierna poco ó no gobierna y esta proposicion expresa el deseo de todo pueblo á quien las autoridades oprimen con un exagerado afan de gobernar y con la profusion del ejercicio del poder ú oponiéndose al desarrollo de la iniciativa y actividad individuales. En los Estados en que los reglamentos sofocan á la libertad, en que el impuesto por su exceso ó por su inconveniencia mata la producción, en que la administración es arbitraria, el principio referido llega á ser un verdadero axioma; pero es forzoso confesar que una administración inerte, inactiva, ineficaz, comenzaría en efecto por no ser molesta y acabaría, con toda certeza, por ser una remora para el desarrollo progresivo de la sociedad, llegando á ser impotente para asegurar la libertad y dar seguridad á los ciudadanos.

La administración debe ser esencialmente activa; pero imitando á la naturaleza cuya acción es incesante y nunca precipitada, ni violenta, ni opresiva: esencialmente activa pero siempre fundada en la razón y en la justicia: buscando siempre su apoyo en la verdad y en la ciencia.

Como caracteres de la actividad la administración debe tener prontitud y energía; porque la falta de prontitud hace presumir que la administración es ignorante ó débil ó perezosa y la falta de energía hace presumir que la administración no tiene seguridad de conciencia para dictar sus resoluciones y acaso ni respeto á las leyes; pero ni la actividad, ni la prontitud, ni la energía deben excluir jamas el exámen profundo que requieren algunas arduas y difíciles cuestiones administrativas.

El ejercicio de un poder tan amplio como es el administrativo, necesariamente debe ser limitado por la responsabilidad de los funcionarios, sin la cual el mismo poder llegaría á degenerar de justo y conveniente en arbitrario y despótico.

Nada es mas opuesto á los fundamentos de justicia, de razón y de ciencia en que siempre debe apoyarse la administracion, que la desigualdad en el ejercicio de su poder, que el establecimiento de privilegios ó exenciones. Desterrados aquellos y estas de los códigos mexicanos de conformidad con los principios políticos sancionados en la constitución, seria monstruosa la idea de una administración que no fuera esencialmente civil. «Los hábitos militares, dice el Dr. Colmeiro en su Derecho administrativo español/son opuestos á los caracteres del buen administrador, y por eso jamas debe considerarse la milicia como parte de la administración activa, sino como un auxiliar poderoso, pero subordinado que nunca obra sin ser requerido por una autoridad responsable á quien compete moderar el empleo de la fuerza pública. Toda autoridad civil ejerce un imperio ó una jurisdicción de derecho común; un jefe militar ejerce siempre un poder de excepción, el cual, por lo mismo, no se extiende sino á los casos expresamente señalados en la ley. Si tal vez algún jefe militar se sobrepone á la autoridad civil, es que ejerce una dictadura que él se arroga ó de que leyes excepcionales le revisten; pero de todas suertes la sociedad se halla en una situación anormal y transitoria.»

Los artículos 18,16, 21 y 2G de la constitución mexicana de 1857 dan un carácter esencialmente civil á la administración en toda la República y la ley que determine las facultades de la autoridad militar en el estado de guerra habrá de tener necesariamente esta consideración como punto de partida para sus disposiciones.

Bandera Republicana. 1857-1864 y 1867-1880.

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¿Debe la administración estar centralizada? Hé aquí una cuestión que se ha debatido extensamente y cuyo exámen ofrece muy robustos fundamentos en favor y en contra de la centralizacion.

Y sin embargo, ni los partidarios de esta pretenden que ella se convierta en instrumento de tiranía, ni sus adversarios predican la anarquía que es siempre y forzosamente tiránica. De esta manera los dos extremos de la cuestión se acercan en busca de un término razonable el cual está indicado por La naturaleza y organización de las sociedades en la época actual. La centralización completa solo podría existir bajo el dominio de un monarca absoluto y enervaría á no dudarlo las fuerzas del Estado y del individuo, debilitando al uno y al otro hasta hacerlos incapaces de proveer á su propia defensa. Tal centralización es enteramente inconcebible y verdaderamente inpracticable conforme á las instituciones políticas de la República Mexicana formada de Estados libres y soberanos en su régimen interior y que no tienen la facultad de ingerirse en la administración federal.

Los Estados y el Distrito de México se dividen en partidos ó distritos, los cuales tienen sus intereses particulares así como los tienen las municipalidades que se reúnen para formar cada uno de sus partidos ó distritos.

Mas si cada una de estas partes componentes del Distrito, del Estado y de la Federación tiene necesidades é intereses que le son peculiares y el mas pleno y perfecto derecho para satisfacer esas necesidades y proteger esos intereses, no es ciertamente con una entera segregación de las demás partes que concurren á formar cada una de esas entidades, porque tal segregación daria por resultado el antagonismo entre ellas y con tal antagonismo sobrevendrían la anarquía y la muerte. Para evitar estos males tanto la constitución federal como las constituciones de los Estados han establecido la división de poderes y entre estos el ejecutivo á quien se encarga la administracion pública. Si cada distrito, si cada municipalidad hubieran de ser soberanos en su administración, tendrian que serlo bajo todos aspectos, porque la soberanía es indivisible por su naturaleza, y desaparecerían los Estados y acabaria la Federacion.

Del mismo modo desaparecerían aquellos y esta con una administracion pública completamente centralizada.

Organizadas actualmente las sociedades con divisiones ó fracciones que concurren á formar un cuerpo completo, es decir, la Nación ó el Estado, cada una de esas fracciones tiene y representa intereses determinados que le son peculiares. La municipalidad tiene intereses propiamente municipales que son diversos de los intereses de distrito, aunque estos participen en algo de la naturaleza de aquellos, y el distrito tiene á su vez intereses propios y diversos de los del conjunto que forma el Estado, que no obstante esa diversidad los comprende y abraza á todos. Es indispensable que cada una de esas fracciones que representa intereses diversos tenga su administracion propia y completa, con la libertad de accion que es necesaria para que sea oportuna y justa y con la subordinacion que es conveniente para que ninguna administracion pueda salir de los límites que le estén señalados por las leyes, lo cual produciria el caos administrativo y el mas absoluto despotismo, ni pueda sobrevenir la segregación de las partes componentes del Estado, la cual como ántes se ha dicho produciría la destrucción y el aniquilamiento del mismo Estado.

La satisfacción de ciertas necesidades, el cuidado de ciertos intereses de los pueblos, el buen servicio público requieren conocimientos especiales, en determinadas ciencias, en determinados ramos de la administracion, y tales circunstancias exigen el establecimiento de cuerpos especiales bien sean de simple consulta, bien sean para el ejercicio de determinadas atribuciones.

Pero nunca debe olvidarse que así como la delegación del poder público que establece la constitución y ejercen los poderes supremos no significa ni importa la delegacion de la soberania del pueblo que por su naturaleza no puede cederse ni delegarse, así tambien el ejercicio del poder administrativo en ninguna de sus funciones significa ni importa la delegacion de la soberanía en ninguna de las corporaciones, autoridades ó funcionarios establecidos por las leyes para ejercer funciones y facultades administrativas.

La accion administrativa se ejerce en virtud de las leyes, y no obstante hay mucho en su ejercicio que depende de la prudencia y acierto de los funcionarios; porque siendo variables las necesidades públicas y variables también las circunstancias en que ha de ejercerse la acción administrativa, no es posible que las leyes de esta clase comprendan todos los casos, ni la legislacion puede tener la fijeza é inmovilidad por decirlo así de los códigos civiles, por mas que aquella y estos tengan un mismo fundamento: la justicia; por mas que las leyes sean su fuente comun.

Peso de Plata. 1871.


viernes, 3 de abril de 2020

LUIS DE LA ROSA OTEIZA. Padre de la Administración Pública en México


Hermosillo Sonora a 3 de abril de 2020.
Extracto de Administración Pública del Estado de Zacatecas, Por D. Luis de la Rosa. Baltimore : Juan Murphy y Cia., Impresor Librero, 1851. Pp. 9-15.

En su magna obra, Introducción a la Administración Pública, el intelectual mexicano Omar Guerrero Orozco, reconoce la ilustre calidad de Don Luis de la Rosa Oteiza y sus aportaciones a la ciencia de la administración, motivo por lo que lo reconoce como el fundador de esta disciplina en México.

Don Luis de la Rosa nació en Pinos Zacatecas el 23 de mayo de 1805.

Desde muy joven incursionó en el periodismo y en la política de su estado y el país. De pensamiento liberal, en 1822 ya publicaba en La Estrella Polar. En 1829 asumió una Diputación local en el estado de Zacatecas. En 1833 asumió la representación ante el Congreso General del país como Diputado. En 1841 empezó su participación en El Siglo Diez y Nueve, al lado de importantes plumas como Mariano Otero, José María Iglesias, Guillermo Prieto, Manuel Payno y Manuel Gómez Pedraza.

En marzo de 1845, el entonces Presidente José Joaquín de Herrera lo nombró Secretario de Hacienda, durando en el cargo cinco meses. En el tiempo de la intervención norteamericana, continuó en el cargo de Diputado. Durante el gobierno interino del Pedro María Anaya ocupó el ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos por cuatro días. En 1847, en su calidad de Diputado, asume la presidencia del Congreso Constituyente de 1847. Ese mismo año, durante el interinato de Manuel de la Peña y Peña asume, por dos meses, el cargo de Ministro Universal: Ministro de Relaciones Interiores y Exteriores, autorizado para despachar los negocios más urgentes de las otras secretarías de Estado. En noviembre de ese mismo año será designado por Pedro María Anaya, Secretario de Justicia y Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria y Secretario de Hacienda, concluyendo su gestión en enero de 1848.

El 9 de enero el presidente provisional Manuel de la Peña y Peña lo nombra Secretario de Relaciones Interiores y Exteriores, y continua como Ministro de Hacienda. Tocará a Don Luis de la Rosa firmar el 12 de febrero de 1848 el Tratado de Guadalupe Hidalgo, tratado de paz con EUA.

En mayo de 1848 Don Luis de la Rosa fue elegido Senador. En septiembre de 1848 el Presidente envió al Congreso General, para su aprobación, el nombramiento de Don Luis de la Rosa como Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en EUA. Duró en ese encargo hasta el 10 de enero de 1852.

Fue candidato a la Presidencia de la República en el proceso electoral de agosto de 1850, contendiendo con el Gral. Mariano Arista, Manuel Gómez Pedraza, el Gral. Juan Nepomuceno Almonte y Nicolás Bravo.

Encontrándose en Estados Unidos, en noviembre de 1850 fue electo gobernador de Zacatecas. Ofreció ir a su estado al año siguiente. En junio de 1851 pidió retirarse el mes de octubre de la legación de México en EUA.

El 7 de abril de 1852 decide aceptar el gobierno de Zacatecas y renuncia al cargo de Senador. En 1853 publica su obra fundamental y fundadora de Luis de la Rosa: Ensayo sobre la administración pública de México y medios para mejorarla

Con el retorno de López de Santa Anna al poder, se ve obligado a exiliarse en Ixmiquilpan. Con el triunfo de la Revolución de Ayutla en agosto de 1855 cae el gobierno de Santa Anna, asumiendo el cargo de presidente interino Martín Carrera, quien designará a De la Rosa como Gobernador de Puebla a partir del 17 de agosto. Cuatro días después, también será designado Gobernador de Zacatecas. A petición popular continúa en Puebla hasta el 12 de septiembre. El 24 de septiembre es nombrado Director del Colegio de Minería.

Siendo presidente Ignacio Comonfort nombra a Luis de la Rosa como Secretario de Relaciones Exteriores, el 13 de diciembre de 1855, concluyendo su encargo el 29 de agosto de 1856. En ese tiempo es elegido Diputado por Puebla y por Zacatecas al Congreso Extraordinario Constituyente, siendo designado Miembro de la Gran Comisión.

Luis de la Rosa fue nombrado Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por Comonfort, el 14 de agosto de 1856, con el beneplácito del Ministro de Gobernación Benito Juárez.

El 2 de septiembre de 1856 muere siendo Director del Colegio de Minería, Presidente nombrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Diputado al Congreso Constituyente de 1856-1857.

Como parte del proceso de nombramiento como gobernador de Zacatecas en 1852, Don Luis de la Rosa escribió al gobernador de ese estado con el fin de comunicar su interés por regresar al país y asumir el cargo para el cual ha sido nombro. En este documento señala los principales obstáculos y dificultades que se presentan a la administración de aquel estado, si bien, advierte que en su análisis puede haber puntos en los que puedan disentir en relación al sistema administrativo que convenga al bienestar de Zacatecas. 

Se presenta aquí un extracto del documento Administración Pública del Estado de Zacatecas.




Templo de Nuestra Señora de la Asunción de San Agustin, Zacatecas. 1850.  


Sobre la transformación pacífica y legal de la situación de Zacatecas

12. Si se han de atacar de raiz las causas de los vicios y desordenes que hay en nuestro país, una de las principales reformas debe consistir en que las grandes haciendas de campo, en las que con el transcurso del tiempo se ha reunido una numerosa población, se transformen en villerios ó municipalidades siempre que su situación topografica, su salubridad, su abundancia de agua y combustible las hagan aproposito para aquel objeto. Hasta entonces no habrá en esas poblaciones regularidad en sus caseríos, orden y policia, carceles y escuelas y sobre todo libertad para ejercer toda especie de comercio ó industria que no esté prohibida por la ley.
¿Pero como puede hacerse esta transformacion? Yo creo que se puede verificar de una manera pacifica y legal y con ventajas de los mismos propietarios.
Primeramente convendria que el estado comprase á los propietarios el terreno en que está situado el caserio de las haciendas y otro terreno de bastante extension alrededor de él; no para ejidos (que creo no debe haberlos en nuestras poblaciones), sino para distribuirlo en solares para casas ó edificios en el centro, y para huertas ó pequeñas casas de campo en las orillas. Comprado el terreno se deberia formar el plano topografico de la nueva poblacion, trazando en él sus calles, plazas y solares. Despues se procederia al avaluo de solares, y se pondrian en venta por cuenta del estado, reservando en los puntos convenientes los solares necesarios para mercados, alhondigas ó graneros públicos, iglesia y cementerio, carceles, hospital, casas consistoriales, escuelas, etc. Si el propietario se prestaba espontáneamente á vender sus principales casas ó edificios se le podrían comprar para establecimientos públicos, asi como las iglesias ó capillas de cada hacienda; pero si se rehusaba á hacer aquella venta deberían dejársele en propiedad dichos edificios, y aun se le debería permitir que se reservase, como una especulación hasta la tercera ó cuarta parte de los solares que debían formar la nueva población. Asi también podría reservarse, si quería hacerlo, sus huertas y jardines; pero dejando siempre los manantiales de agua potable necesarios para la población que iba á establecerse.
Ningun propietario puede rehusarse legalmente á vender por su justo precio los terrenos necesarios para la fundación de nuevas poblaciones. Esta es en Méjico una de las condiciones con que las tierras fueron primitivamente mercenadas y no han pasado sino con esa servidumbre á los actuales propietarios. Pero de ninguna manera convendría abusar de esa circunstancia para obligar al propietario á vender sus terrenos en un Ínfimo precio; al comprarlo debe tenerse presente por el Estado que muy pronto la acumulación de pobladores les dará un valor considerable.
            En cuanto á franquicias concedidas á estas nuevas poblaciones, yo creo que bastarían estas: 1a- Que por diez años por lo menos, no se cobraran en ellas alcabalas ni por la venta de mercancías, ni por la de fincas y solares: 2a- Que no se pueda restringir ni embarazar en manera alguna la libre importación, exportación, acopio y venta de toda clase de granos, semillas, viveres y mantenimientos, ni imponerse pensión alguna municipal, ó derecho de ninguna clase por la venta de dichas mercancias. No habrá en esto mas escepcion que la de los licores embriagantes. Por lo demás se podran imponer derechos de patente á las tiendas ó almacenes de viveres y mantenimientos, y exijirse pensiones moderadas cuando su venta se hiciese en los mercados públicos, debiendo tener siempre la autoridad municipal toda la intervención necesaria para evitar la venta de viveres perjudiciales á la salud y la falsificación de pesos y medidas: 3a- Que todo lo que la naturaleza produce ó ha depositado en la superficie de la tierra ó en el seno de ella fuese propiedad del dueño del terreno: que nada fuese denunciable por los mineros, aun cuando con el tiempo un cultivador ó propietario que cavase su terreno encontrara en él un criadero de plata, un placer de oro ó una veta de esmeraldas. Esta ultima concesión podra parecer estravagante; pero hablare después sobre ella á V. E. mas detenidamente.

Ex-Convento de San Francisco. Museo Rafael Coronel. Zacatecas. AOA. 

13. La frecuencia con que se cometen los robos y asaltos de bandidos, resulta también de hallarse desiertos en mucha parte los terrenos del Estado y principalmente los inmediatos á los caminos.

14. Me parece pues, que desaparecerán de nuestro pais las principales causas del robo y de la inseguridad pública cuando haya sido posible hacer cesar las causas del contrabando, y cuando por otra parte haya mejorado considerablemente la condición de las clases proletarias. No creo posible esta mejora sino cuando millares de familias pobres hayan adquirido en propiedad terrenos cultivables de corta estension; pero suficiente cada uno de ellos para asegurar con un buen cultivo la subsistencia de una familia.

15. Todo lo relativo á la venta de terrenos realengos, ahora nacionales, ha estado tan completamente desarreglado en Méjico desde los dias de la conquista hasta nuestra época, que no es posible calcular ni vagamente cual sea en cada Estado ó Territorio la estension, calidad y valor de dichos terrenos. Pero no cabe duda en que cada Estado tiene mayor ó menor estension de terrenos realengos y que la distribución de ellos en pequeñas sueltes ó solares, haría la felicidad de millares de familias. Soy de opinión que estos terrenos deben pertenecer á la nación y no á los Estados: que deben venderse por el gobierno general después de medidos, mapeados y divididos en pequeñas suertes, y que su valor debe aplicarse esclusivamente á la amortización de la deuda pública. Creo que una de las mas grandes ventajas que resultarían de este arreglo para los Estados seria la de que la riqueza territorial comenzara á distribuirse entre muchos propietarios.

16. Considero que todavia los pueblos de indígenas del Estado poseerán varios terrenos de los que se llamaban tierras de comunidad. V. E. sabe cuan funesta ha sido para los indígenas y en general para los intereses de la agricultura esa especie de comunismo establecido desde los dias de la conquista. Grande oposision se ha hecho siempre al cumplimiento de las leyes que previenen que aquellas tierras se distribuyan en propiedades personales entre las mismas familias indigenas. Yo creo que la principal causa de esta oposision ha consistido en que las tierras de comunidad y de cofradías ó de parcialidades de indios, no tienen bastante estension para que, distribuidas entre las familias que ahora las poseen en común, correspondiese á cada una de ellas una suerte ó solar suficiente para asegurar su subsistencia. Me parece por lo mismo que el Estado allanaría esta dificultad si obtuviese. por compra algunos terrenos colindantes con los pueblos indigenas.
Ex-Convento de San Francisco. Museo Rafael Coronel. Zacatecas. AOA.  

17. Mejorada la situasion del erario en el Estado se podrían comprar terrenos en las orillas de los caminos y en los mas grandes despoblados, y distribuirlos también entre muchos propietarios que los cultivasen. Creo que este seria el único medio de evitar del todo ó hacer disminuir muy notablemente los asaltos, robos y ultrajes que se cometen por los bandidos en los desplobados y caminos. Yo recuerdo que en 1821 y en 1822 eran todavia muy frecuentes los robos y homicidios que se cometían en los palmares que rodean á la ciudad de Zacatecas, y aquellos delitos fueron disminuyendo gradualmente, hasta llegar casi á cesar del todo, á proporción que se fueron estableciendo rancherías y cultivándose el terreno en aquellos despoblados. V. E. sabe también que las ciudades de Aguas calientes, Lagos y algunas del bajío no fueron fundadas por el Gobierno Español, sino con el objeto de hacer cesar como cesaron los robos y asaltos que en los despoblados se habian hecho tan frecuentes.

18. Considero que la parte mas despoblada de los terrenos del Estado es la que forma su frontera con los Estados de Coahuila, Nuevo Leon y Durango. Alli es, en mi concepto, donde mas convendría establecer nuevas poblaciones. Ellas serian también un ante-mural para evitar las incursiones de los indios salvajes que algunas veces se han internado hasta aquellos puntos. Es tanto el ínteres que tienen los grandes propietarios territoriales en la fundación de esas nuevas poblaciones, que yo creo muy probable que, excitados por V. E. cedan aquellos propietarios algunos terrenos aproposito para la fundación de esas poblaciones fronterizas. De esa manera fue como el Gobierno Español comenzó á poblar las fronteras del norte de Méjico. El Conde de Sierra-gorda, el Marquez de San Miguel de Aguallo y otros ricos propietarios territoriales, cedieron al Gobierno Español grandes y muy buenos terrenos para el establecimiento de nuevas poblaciones, y ellos mismos fueron sus fundadores. Muy recientemente el Señor Don Gregorio de Mier y Teran ha cedido con la mayor generosidad al Estado de Nuevo Leon grandes y excelentes terrenos para la fundación de colonias agricolas.
Ya fuese por cesion ó por compra de terrenos, seria muy conveniente á los intereses de Zacatecas, y muy útil á los Estados con él limítrofes, el establecimiento de nuevas poblaciones agrícolas en las fronteras inmediatas á los minerales de Mazapil, Sombrerete y Nieves.
Por la grande despoblación de estos terrenos y por otras circunstancias, convendria dar gratis á los nuevos pobladores solares para construir sus habitaciones y suertes de tierra de suficiente estension para que bien cultivadas proporcionase cada una de ellas la comoda subsistencia de una familia. Seria tambien muy conveniente que á cada colono se diese por cuenta del Estado una habilitacion en semillas, animales de labranza é instrumentos agrarios, y un rifle ó carabina con su polvorín y demás utiles correspondientes.
La grande dificultad que se presentaria para el establecimiento de estas colonias, seria la escasez de agua en los terrenos en que debían fundarse; pero en el dia se conoce tanta diversidad de maquinas hidráulicas, que el Estado podría á poco costo establecer alli las mas convenientes. No serian necesarios gastos excesivos para formar en aquellos terrenos los pozos artesianos. La inmediacion de las nuevas colonias á algunos minerales, y la circunstancia de que aquellos terrenos son aproposito para el cultivo de la viña, influirían mucho en sus progresos.

Ex-Convento de San Francisco. Museo Rafael Coronel. Zacatecas. AOA. 

19. Ignoro cuales sean las leyes que se hayan sancionado recientemente en el Estado con el objeto de acelerar los procedimientos judiciales y para hacer pronta, segura é indefectible la pena impuesta á los ladrones y bandidos. No he llegado á ver la ley que establece una especie de jurado para conocer de las causas de robo. Veo solamente por lo que se ha escrito en el periodico oficial sobre aquella ley que no se considera compatible con las garantías concedidas por la Constitución á toda especie de reo, sea cual fuere el delito de que sea acusado. Diré francamente á V. E. que si una ley de esta naturaleza existe en el Estado, yo creria de mi debir pedir su derogación al Honorable Congreso.

20. Con la misma franqueza debo decir á V. E. que me propongo, si llego á encargarme del Gobierno del Estado, hacer uso en todo caso de la facultad de indultar, de tal manera que durante mi administración jamas llegue á haber una ejecucion de la pena de muerte en el Estado. Mas bien opinaria por la imposicion á los ladrones y bandidos de la pena de azotes, ya adoptada en algunos de los Estados de la Federacion, si este rigor era necesario por dificultarse mucho el establecimiento de una Penitenciaria.

21. La fundacion de este establecimiento, asi como la mejora en lo material y moral de nuestras carceles, lo considero de absoluta necesidad para la moralidad pública del Estado. He examinado detenidamente en este pais los mejores presidios, penitenciarias y casas correccionales; he visto practicamente su regimen interior; he adquirido sus planos y reglamentos y estoy persuadido de que el establecimiento de una Penitenciaria general para todo el Estado no exije gastos que sean superiores á los recursos de un pais como Zacatecas.

22. Considero también de absoluta necesidad para la policia general del Estado y principalmente para la persecucion y aprension de los ladrones y bandidos, el establecimiento (á la verdad muy costoso) de algunos cuerpos de gendarmes; y me parece que no se puede sustituir la gendarmeria con piquetes ó compañías de milicias rurales, que tienen cuando menos el inconveniente de hacer recaer todo el gravamen de la seguridad pública en la clase de propietarios territoriales y habitantes del campo, lo que me ha parecido siempre una enorme injusticia. Tampoco puede encargarse la policia de seguridad de los despoblados y caminos, de las cárceles etc. á la milicia del Estado, por que esto la haría degenerar del principal objeto de su institución, y haría odioso á los ciudadanos el servicio militar. Si los terrenos por los que pasan los principales caminos del Estado llegaran á poblarse y cultivarse como en otro lugar he dicho á V.E., nada seria mas fácil que establecer en esas poblaciones una estricta policia. Una gran parte de los vecinos de ellas, sin alejarse de sus hogares y sin abandonar sus intereses, podrían hacer entonces con poco costo para el Estado el servicio de la gendarmería.

Ex-Convento de San Francisco. Museo Rafael Coronel. Zacatecas. AOA. 

23. La organización de la milicia nacional ha presentado á V.E. graves dificultades segun veo por una iniciativa sobre este asunto que V. E. dirigió al Honorable Congreso. Me parece que las dificultades casi insuperables que se presentan en Méjico para la organizacion de la milicia están en la naturaleza misma de nuestra sociedad, en los elementos de que ella se compone. Como por desgracia la mayoria de la poblacion está formada de miserables proletarios que no tienen ni una propiedad raiz, ni un giro, ni un pequeño capital que los arraigue al pais y que les dé un vivo interes en conservar el orden, falta en nuestra sociedad una clase media muy numerosa que es la base de que se forma la milicia nacional en los paises libres. Aun en estos paises rara vez pertenecen á la milicia los ricos ó grandes capitalistas, que pagan gustosos cualquiera contribución por no hacer el servicio militar. Tampoco pertenecen á ella por lo común los menestrales y jornaleros que, aun en paises donde los jornales son muy subidos, se prestan mas bien á hacer cualquier otro servicio público, como el de bomberos ó el de operarios en los caminos municipales, que á servir en un cuerpo de milicia. Esta se forma pues de la clase media y principalmente de la juventud que, con el permiso correspondiente del gobierno, forma compañías de voluntarios de diferentes armas. En estas compañías, por lo común, asi los soldados como los oficiales se visten y uniforman muy decentemente, se arman y municionan á sus expensas y costean también por suscrision los gastos de musica, cuartel y ejercicios de fuego. V. E. conocera desde luego que milicias de esta naturaleza no son una carga para la sociedad; son el mas firme apoyo del orden público y una garantia de la estabilidad de los gobiernos. Pero tambien es sierto que á estas milicias no se les impone el gravamen de cuidar de la policia, ni de conducir presos, ni de hacer guardias en los cuarteles, carceles ú hospitales; y en fin, los milicianos no están obligados sino á presentarse armados y equipados á la casa municipal al oir un toque de alarma y obrar después, según las ordenes del Mayor de la ciudad, de la manera que se crea conveniente para conservar ó restablecer el orden público. Tampoco tienen estos milicianos ni aun en el acto del servicio el fuero militar de las tropas veteranas.
Si algún dia por el esfuerzo unanime de los hombres mas ilustrados, generosos y beneficos de nuestro pais se logra que la muchedumbre salga de la triste condicion de proletaria á que se haya reducida, entonces tendremos en una clase media, acomodada y muy numerosa la base necesaria para el establecimiento de las milicias. Entre tanto los hombres públicos que se hallan en la situasion de V. E., se veran á cada paso rodeados de dificultades y de obstaculos para plantear aquel establecimiento.